Aspirantes en Campaña Anticipada Pueden ser Impugnados

* Este tipo de actividades proselitistas fuera de tiempo del calendario electoral, deben de ser denunciadas. El Artículo 220 de la Ley Electoral establece que pueden ser sancionados, sus dirigentes, candidatos, precandidatos, miembros o simpatizantes de partidos políticos.

Por Paty Aguilar
NoticiasPVNayarit.com

No únicamente a las personas que están haciendo actividades proselitistas electoralmente hablando, pueden ser sancionadas, sino también sus dirigentes. Esto aplica a cada uno de los partidos políticos y coaliciones que están en la contienda legalmente registrados.

La ley prevé una multa que va de los 50 a 5 mil veces el salario mínimo. Así como una reducción de hasta un 50 por ciento de la ministraciones que con financiamiento público se les dará a partido político o coalición. Además la suspensión de su registro como partido político y la cancelación del registro de su candidato, fórmula o planilla. Así lo establece el artículo 220 de la Ley Electoral para Nayarit, según lo menciona, el abogado, Pedro Minjarez, especialista en derecho electoral.

Informó que la Ley en la materia, señala que el hecho de promocionar el nombre de una persona en particular de manera tendenciosa para obtener en el electorado una presión, es causal de nulidad de la elección “la presión consiste en estar bombardeando mediáticamente y a través de reuniones, incluso marchas, mítines, por parte de las personas que no obstante, que no sean funcionarios públicos y no obstante que no estén ostentándose con emblemas o partidos políticos, automáticamente hacen presión en el electorado y llevan la causa de nulidad” enfatizó.

En este sentido, dijo, tanto los partidos políticos, como sus dirigentes, son responsables de esas actividades y lógicamente deben denunciar, primero ante la autoridad electoral, ya sea municipal o estatal este tipo de anomalías y en segundo término, indicó, hacer del conocimiento a la sala constitucional y electoral del estado de Nayarit, este tipo de anomalías.

Sin embargo, dijo, finalmente “por costumbre no se hace estas denuncias por partidos políticos o coaliciones, porque algunos de sus miembros, dirigentes o militantes, hacen ese tipo de actividades, pero como ciudadanos es importante conocer que precisamente existen este tipo de anomalía y que la autoridad electoral no puede actuar de oficio, sino a petición de parte interesada” concluyó.