* La información anterior, fue proporcionada por el director general, licenciado, Alejandro Campillo, a petición de una queja ciudadana reportada por el licenciado, Indalecio Sánchez Rodríguez, mediante oficio 3.2.306.-140/14.
Por Paty Aguilar
NoticiasPVNayarit.com
Desde el pasado 11 de diciembre 2013, el alcalde de Bahía de Banderas, Nayarit, Rafael Cervantes Padilla, mediante oficio 6.17-408.-954/2013, el Centro SCT Nayarit, fue notificado sobre el incumplimiento de las condiciones establecidas en el Convenio de delimitación de trazos urbanos suscritos con la SCT y el Ayuntamiento de Bahía de Banderas, por lo que le piden solventar las irregularidades detectadas. Lo anterior en referencia a la colocación indiscriminada de anuncios espectaculares y otras irregularidades sobre la carretera 200, sin embargo, hubo omisión y no se atendió la petición.
Posteriormente, en virtud de que no se llevaron a cabo las acciones respectivas, con fecha 24 de abril, bajo el oficio 6.17-303.-076/2014, se reiteró al presidente municipal el incumplimiento al Convenio, conminándolo a realizar el retiro de invasiones al derecho de vía y realizar las labores de mantenimiento, limpieza y reposición de señalamiento horizontal y vertical. Hasta la fecha, 4 de agosto 2014, el Centro SCT Nayarit, sigue esperando que el alcalde de Bahía de Banderas, le haga caso.
La información anterior, fue proporcionada por el director general, licenciado, Alejandro Campillo, a petición de una queja ciudadana reportada por el licenciado, Indalecio Sánchez Rodríguez, mediante oficio 3.2.306.-140/14.
Entrevistado al respecto, el licenciado, Indalecio Sánchez, dio a conocer que prácticamente el alcalde se declara en rebeldía “Hay un convenio signado entre la SCT y el Ayuntamiento en relación a la carretera 200 con fecha 2003 que flagrantemente está siendo violentado y hay dos notificaciones, una de diciembre 2013 y la otra de abril de este año, no sé qué está esperando el Centro SCT Nayarit, para que el presidente municipal de Bahía de Banderas, respete sus indicaciones, nosotros daremos seguimiento hasta que esos anuncios y otras acciones irregulares que se hicieron sobre la carretera 200 se corrijan” señaló.
Convenio del 17 de febrero de 2003.-
Todos estos anuncios publicitarios tampoco cumplen con el convenio del 17 de febrero de 2003, que el municipio celebró con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Convenio en el cual la dependencia federal cedió a la administración municipal del tramo de la carretera 200 desde el entronque de la Cruz de Huanacaxtle hasta el puente sobre el Río Ameca. En su cláusula V inciso 4, este convenio establece que el ayuntamiento se obliga a: “… no permitir la instalación de propaganda comercial dentro de la franja existente entre la orilla del camino y el parámetro de las construcciones adyacentes”.
Simplemente para felicitarlos por su acción de conminar al gobierno municipal de retirar la propaganda electoral dejada por los contendientes en la elecciones pasadas.
Sin embargo el asunto de fondo de todos los anuncios a la vera de la carretera de referencia y de los espectaculares sobre los puentes peatonales. El municipio ha actuado negligentemente, violando el Reglamento Municipal sobre la materia, no cumpliendo con el convenio abajo citado, ni con las instrucciones giradas por la SCT en ese sentido, de las cuales adjuntamos una hoja de la comunicación que nos fue enviada por la Dirección General de Conservación de Carreteras, Dirección Técnica, Sub-dirección de Normatividad, según oficio 3.2.306 del 4 de junio del presente año.
Agradecemos el envío de información que me hizo a nombre de usted el Sr., Jaime Martínez Martínez el día de ayer, por instrucciones del Lic., Alejandro Fernández Campillo según oficio 3.2.306 140.4/14 fechado el 4 del presente mes a solicitud del suscrito al C. Presidente de la República del 17 de abril del 2014.
Hacemos este acuse de recibo únicamente, reservándonos y dejando a salvo nuestros derechos de solicitar ampliar la información solicitada sobre todo el los puntos 1.- Permiso # NAY AC-137203 y 2.- permiso NAY AC 11/13, otorgados en su oportunidad, desconocemos las fechas exactas, a las empresas, a DESARROLLO MARINA VALLARTA, AC y a DESARROLLO INMOBILIARIO VALLE REAL SA DE CV, respectivamente, basados que ambos proyectos no se apegaron a los protocolos y disposiciones legales que dicta la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano para el Estado de Nayarit.
Respecto al punto 3.- es muy importante que independientemente que fue una mala decisión del Municipio en autorizarles a los solicitantes la instalación de un semáforo en un tramo SUMAMENTE PELIGROSO, les rogamos hagan un peritaje técnico sobre el asunto y se recomiende al municipio cancele la instalación de dicho semáforo e incluso el permiso para abrir la carretera # 200 en ese tramo, ya que es la causal de la colocación del aparato en cuestión.
En relación a los puntos 4.- y 5.- haremos localmente los seguimientos para que subsanen las anomalías señaladas en nuestra comunicación de abril pasado.