Agencias de modelaje, salas de masaje, bares, cantinas, hoteles, cines, servicio de internet y baños públicos, son lugares fácilmente identificados en donde se establecen delitos de trata de personas en Puerto Vallarta
Por Mauricio Lira Camacho
NOTICIASPV
Agencias de modelaje o artísticas, salas de masaje, bares, cantinas, hoteles, cines, servicio de internet y baños públicos, son los lugares fácilmente identificados en donde se pueden establecer delitos de trata de personas en el municipio de Puerto Vallarta.
Sin embargo, se debe dejar en claro que en el reglamento que se propone sobre trata de personas, quienes podrían tener la responsabilidad de poder ingresar a los establecimientos, para hacer supervisiones e inspecciones, sin violentar los derechos humanos, no necesariamente serían policías sino personal de reglamentos, trabajando en esquemas de coordinación.
En análisis de la propuesta para la elaboración y aprobación del reglamento de trata de personas, quedó fuera la facultad de que únicamente sea la policía quien haga estas revisiones, deberá haber un plan estratégico para que sea otra instancia como personal de reglamentos, quien encabece con el apoyo de elementos de la comisaria de seguridad ciudadana y vialidad.
Representantes de la comisión de derechos humanos y equidad de género, junto con la de reglamentos y puntos constitucionales, trabajan en el Reglamento de Trata de Personas.
Participaron la regidora de movimiento ciudadano, Doris Ponce, del partido de la revolución democrática, Susana Carreño, del partido revolucionario institucional, Adrián Méndez, Jesús Anaya del partido acción nacional y de movimiento ciudadano también Javier Pelayo y Oscar Ávalos.
Un punto en polémica correspondió al que se refiere del artículo sexto que finalmente fue eliminado aunque con modificaciones para su ejecución y agregado en uno subsecuente, se refiere a que “la comisaria de la policía preventiva y vialidad municipal, dentro del ámbito de sus competencias, supervisarán los negocios que puedan ser propicios para la comisión del delito previsto en la ley general para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas, realizando inspecciones en agencias de modelaje, o artísticas, salas de masaje, bares, cantinas, hoteles, cines, servicio de internet, baños públicos y otros.
En discusión, se dijo que este artículo se deroga, pero se realizan adecuaciones, para incluirlo en otro apartado dentro del reglamento, toda vez que los policías y agentes no pueden ingresar sin una orden a cualquier negociación.
Por lo que se propuso incluir el papel de los inspectores de reglamentos para que junto y en coordinación con la comisaria de seguridad en Puerto Vallarta, si lo hagan mediante operativos.
Por lo que la propuesta en la sesión fue: Eliminar este artículo 6 ya que se encuentra repetido en el artículo 14 de la propuesta fracción III; sin embargo requiere una redacción que no implique violación a las garantías del Gobernado, la que se propondrá en el siguiente artículo.
Por lo que se refiere al segundo párrafo también se propone eliminar dado que en el reglamento para el ejercicio del comercio, funcionamiento de giros de prestación de servicios, tianguis eventos y espectáculos, en el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco; en el cual debería hacerse la modificación y no en este.