* Ediles de oposición acordaron en sesión ordinaria de ayuntamiento, que el alcalde, Ramón Guerrero ordene a su tesorero, Samuel Pelayo el pago de poco más de 1 MDP en favor de María de Lourdes Guzmán González, según proceso que se sigue en numeral 967/2014
Por Mauricio Lira Camacho
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Ediles acordaron en sesión de ayuntamiento, el pago inmediato de un poco mas de un millón de pesos, para evitar que sean inhabilitados.
Esta orden será enviada al despacho del alcalde, Ramón Demetrio Guerrero Martinez, para que este ordene al tesorero, Samuel Pelayo, el pago de la cantidad antes citada.
La notificación del tribunal de escalafón en Jalisco, notificó al gobierno municipal de dicha resolución el pasado 7 de noviembre, por lo que deberán transcurrir tres días hábiles, para dicho pago de lo contrario entrará en vigor la inhabilitación en sus cargos de función de varios ediles.
Por ello, este lunes 10 de noviembre, la mayoría de algunos ediles de oposición y contados de movimiento ciudadano, se reunieron tras la convocatoria para una sesión de ayuntamiento, la cual fue celebrada en el salón de gobierno.
De hecho, los ediles que convocaron provocaron la tardanza del inicio de un taller que impartirían a grupos asistenciales.
Se trató de la sesión de ayuntamiento para desahogar un solo punto en agenda de la orden del día.
El juicio del procedimiento número 967/2014, en el que el tribunal ordena al gobierno municipal de Puerto Vallarta, de un pago de millón de pesos en favor de quien promueve, en la persona de María de Lourdes Guzmán González.
Ciudadana ex empleada municipal que ganó un juicio a la comuna y que el tribuna exige el pago municipal.
En el inicio de la sesión de ayuntamiento, acordaron que quien llevaría la batuta fuera el síndico, Roberto Ascencio Castillo quien obtuvo 7 votos a su favor de los presentes por 3 de quienes eligieron a la edil Susana Carreño.
Además, aprobaron por mayoría que el abogado, José Ángel Estrada Huízar y la señora Eva Contreras Sandoval, fungieran como testigos de honor, para dar fe de los acuerdos emanados en dicha sesión.
Ante la presencia de representantes de organismos asistenciales, quienes asistían a un taller sobre obtención de recursos económicos, los ediles sesionaron y acordaron agotar por respeto a los presentes, el tema para el que fueron citados.
En primera instancia el ordenamiento era directamente para el tesorero, a quien ordenarían el pago inmediato, sin embargo en observación del síndico, lo conducente era que se tomara un acuerdo para que el primer edil ordenara a Pelayo tomar cartas en el asunto.
Asistieron a esta sesión ordinaria de ayuntamiento, el síndico municipal, Roberto Ascencio Castillo, la regidora del PRD, Susana Carreño, los priistas Adrián Méndez, Miguel Ángel Yerena Ruiz, Jessica Yadira Guerra Yerena, el panista Humberto Muñoz, del PT Otoniel Barragán, del PVEM Agustín Álvarez Valdivia, Oscar Ávalos de movimiento ciudadano.
Quienes no asistieron a esta convocatoria, fueron el alcalde, Ramón Demetrio Guerrero Martinez, los regidores de movimiento ciudadano, Luis Munguía, Doris Ponce, Guadalupe Anaya, Candelaria Ponce, Javier Pelayo, del PAN Jesús Anaya.
De esta forma fueron 10 los asistentes por 7 insistentes, por lo que hubo quórum para sesionar.
De los 10 ediles que asistieron, 9 votaron a favor de este acuerdo para exigir el pago del ayuntamiento de un millón de pesos, la abstención fue de Álvarez Valdivia.
De acuerdo con la convocatoria que se dio a conocer, se establece en el punto 3, la lectura, discusión y en su caso aprobación del pago en favor de la ciudadana, María de Lourdes Guzmán González, para dar cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 23 de octubre del año 2014, dentro del juicio de amparo número 967/2014 del juzgado cuarto de distrito en materia administrativa y de trabajo en el estado de Jalisco.
En el documento cuya copia obra en poder de este medio, se establece también, que según articulos de la ley de amparo en vigor requiérase a la autoridad responsable ayuntamiento constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, para que dentro del término de tres días, contados a partir de la notificación de este proveído remita a este juzgado constancia fehaciente del cumplimiento que haya dado a la resolución de que se trata, bajo un apercibimiento que de no hacerlo, se les impondrá una multa de cien días de salario mínimo general vigente.