*El Gobierno Estatal de Nayarit, en su informe sobre deuda pública, registra el préstamo por 50 millones de pesos a Rafael Cervantes Padilla, como ejercido. Pero no se sabe en qué. También establece que el IX Ayuntamiento de Bahía de Banderas no ha pagado amortizaciones a HSBC desde agosto del 2014. Y el OFS acuerda iniciar procedimiento administrativo contra José Gómez, como presunto responsable por la falta de documentación del caso HSBC…
Por Paty Aguilar
¿Es o no es? Es la pregunta que se hace el contador, Carlos Virgen Fletes, en relación al adeudo que el VIII Ayuntamiento de Bahía de Banderas que presidió, Rafael Cervantes Padilla, suscribió con la Banca Múltiple HSBC por la cantidad de 50 millones de pesos, el cual, no apareció en trimestres anteriores del 2015, sin embargo, según refiere el contador, en el reciente informe trimestral de deuda pública publicado en el periódico oficial del estado de Nayarit sobre la deuda pública de Bahía de Banderas el 12 de noviembre 2015, finalmente aceptó los $50´000,000.00 de HSBC, es decir, reconoció el convenio firmado por el VIII Ayuntamiento de Bahía de Banderas el 01 de Agosto 2014, esto quiere decir que sí reconoce éste convenio de adeudos y que el ayuntamiento actual debe pagar las mensualidades a partir del mes de Agosto 2014 a la fecha; Los pagos mensuales son de: Agosto 2014 a Febrero 2015 por $450,000.00 y de Marzo 2015 a Diciembre 2015 por $495,000.00. Total a Diciembre 2015 $8´100,000.00.
Sin embargo, según la tabla del total de montos de los créditos autorizados sin aval, en el caso del Municipio de Bahía de Banderas, se registra el adeudo por 50 millones de pesos como Importe de Crédito Ejercido, con cero amortizaciones realizadas, es decir, no se ha pagado una sola mensualidad por parte del gobierno de José Gómez Pérez.
Ante estos datos duros que presenta el gobierno del estado, Carlos Virgen, constata en su muro del Facebook “si es deuda pública, lo interesante es que en los informes de deuda pública (anteriores) decían «IMPORTE DE CRÉDITO NO EJERCIDO» y ahora lo acepta el gobierno del estado «IMPORTE CRÉDITO CONTRATADO» y la pregunta es ¿Con quién? ¿Será que por eso que el IX Ayuntamiento no entrega los Estados de Situación Financiera del 2o. Y 3er. Trimestre 2015?”
Pero la situación se enreda más con el informe de resultados de la Fiscalización al Ayuntamiento de Bahía de Banderas del ejercicio fiscal 2014 por parte del órgano de Fiscalización del Congreso del Estado de Nayarit, recientemente entregado a la Comisión legislativa correspondiente, donde claramente establece una observación no solventada sobre la documentación requerida respecto al convenio con HSBC, por lo que acordó dar inicio al procedimiento de responsabilidad administrativa y se establece como presunto responsable a: presidente municipal del H. IX Ayuntamiento Constitucional de Bahía de Banderas, Nayarit, o sea, José Gómez Pérez. A continuación, se transcribe integra la observación.
Resultado Núm. 1 Observación Núm. 6.AGF.14.MA.20
El Ayuntamiento omitió atender el requerimiento de información o documentación relativa a la gestión financiera del ejercicio fiscal 2014, que le fue realizado mediante el oficio OFS/DAFM/SCD-03/MA.20/2015 del 1 de septiembre de 2015, toda vez que no remitió lo siguiente:
3. Proporcione copia(s) de el (los) documento(s) que ampara(n) la(s) línea(s) de crédito otorgada(s) por el citado banco.
5. Proporcione el(los) contrato(s) original(es) celebrado(s) con HSBC México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, correspondiente(s) a las líneas de crédito otorgadas por el citado banco en el ejercicio fiscal 2013, y que corresponden a el(los) crédito(s) quirografario(s) de fecha 27 de septiembre de 2013, por un total de $50,000,000.00 (cincuenta millones pesos 00/100 moneda nacional).
6. Convenio(s) de reconocimiento de adeudo y reestructuración, celebrado(s) por el Ayuntamiento con HSBC México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, derivado de el(los) crédito(s) quirografario(s) de fecha 27 de septiembre de 2013, por un total de $50,000,000.00 (cincuenta millones pesos 00/100 moneda nacional).
12. Original(es) de la(s) confirmación(es) de saldo(s) al 31 de diciembre de 2014, efectuada(s) por HSBC México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, así como el(los) estado(s) de cuenta correspondiente(s). En caso de que no se cuente todavía con la(s) respuesta(s) proporcionada(s) por la institución acreedora, al momento de responder el presente oficio, podrá ser satisfecho el requerimiento específico de este numeral, dentro del plazo de 3 días hábiles contados a partir de que se tenga la correspondiente respuesta por parte de la(s) institución(es) acreedora(s), para lo cual se tendrá que demostrar la fecha en la que la institución acreedora haya entregado la documentación solicitada.
Lo anterior incumplió lo establecido en los artículos 7 bis y 41, párrafo segundo, de la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado; y 54, fracciones I, III, V, XVII y XXXIII, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Nayarit.
Se establece como presunto responsable a: presidente municipal del H. IX Ayuntamiento Constitucional de Bahía de Banderas, Nayarit; con fundamento en los artículos 58, fracción II, inciso a de la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado; 2 y 54, fracción XXXIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Nayarit; 63, 64 fracción V y 65 fracciones II y X, de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit.
Argumentos para Solventar el Pliego de Observaciones: Cabe manifestar que la información solicitada por ese H. Órgano de Fiscalización Superior mediante su oficio OFS/DAFM/SDC-03/MA.20/2015 referente al crédito quirografario con la Institución bancaria HSBC Mexico, S.A. no obra en los archivos de este Municipio de Bahía de Banderas Nayarit ya que la Administración del VIII Ayuntamiento Saliente no los dejo para su control y resguardo, por lo que esta se tuvo que solicitar al C. …
…Gerente de Banca de Gobierno del HSBC México S.A. y al C.P…
…Director de Contabilidad del Gobierno del Estado de Nayarit, información que a la fecha no ha sido proporcionada por los funcionarios mencionados.
Como prueba de lo manifestado se anexan copias certificadas de los oficios números PM-340/IX/2015 y PM-341/IX/2015, del 08 de Septiembre de 2015. (Se anexan 3 Fojas en recopilador No. 45)
Por lo anteriormente expuesto solicito respetuosamente que el Resultado Núm. 1 Observación Núm. 6.AGF.14.MA.20 quede sin efectos ya que se está en espera de la documentación correspondiente, comprometiéndome que al momento de su obtención se le hará llegar inmediatamente para su análisis y revisión.
Determinación del OFS: Observación No Solventada. Del análisis de la información y documentación presentada por el sujeto fiscalizado, se determina que la observación se ratifica, toda vez que los argumentos confirman lo observado, aunado a ello se manifiesta que se remiten los oficio PM/340/IX/2015 y PM/341/IX/2015 pero estos no fueron localizados .
Acción Promovida: Como consecuencia del resultado antes señalado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o, fracciones I y IV, 2o, 3o, fracción II, y 57, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Nayarit; y 7, fracción XVII, 46, fracción X, y 54, fracción II, de la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado; se acordó dar inicio al procedimiento de responsabilidad administrativa, se establece como presunto responsable a: presidente municipal del H. IX Ayuntamiento Constitucional de Bahía de Banderas, Nayarit.