Desfalco en Ayuntamiento Obedece en Parte a Corrupción en DUyE

* En Cabildo, la regidora Mariel Duñalds Ponce, hizo la denuncia y pidió al alcalde, Rafael Cervantes, respetar la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano para Nayarit y solicitar a Contraloría inicie procedimiento administrativo contra personal de DUyE y que el Síndico, Armando Campos Salgado, presente denuncias penales contra desarrolladores que han incumplido la ley en perjuicio de la ciudadanía

Por Paty Aguilar

En la XX Sesión de Cabildo que se celebró este pasado viernes 27 de julio 2012 en la presidencia municipal, en el punto del orden del día del análisis y discusión y su aprobación en su caso del fraccionamiento Cuatro Caminos de la constructora Homex, ubicado en San José del Valle, previamente a su aprobación con el voto en contra la regidora Mariel Duñalds y la abstención del edil, Milton Martínez, por presentar serias irregularidades, la regidora Mariel Duñalds Ponce, hizo una denuncia ante Cabildo, pidió al alcalde, Rafael Cervantes, respetar la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano para Nayarit y solicitar a la Contraloría municipal inicie procedimiento administrativo contra personal de DUyE que resulte responsable y que el Síndico, Armando Campos Salgado, presente denuncias penales contra desarrolladores que han incumplido la ley en perjuicio de la ciudadanía.

Por tratarse de un tema de gran relevancia para entender que es lo que está ocurriendo en el VIII Ayuntamiento de Bahía de Banderas en materia de Desarrollo Urbano en cuestión de fraccionamientos, desde donde la regidora Mariel Duñalds y sus asesores visualizan que se está cometiendo un gran desfalco a las arcas municipales y afectando a miles de familias que compran sus viviendas en diversos fraccionamientos aprobados y permitidos de manera irregular por la autoridad municipal, transcribimos integra la denuncia presentada en Cabildo por la Regidora Mariel Duñalds Ponce:

“Por este medio, en atención a lo previsto por los artículos 70 fracción VI, 71 fracción III, y demás relativos y aplicables de la Ley Municipal del Estado, me dirijo a este pleno, con el propósito de insistir, que como fue oportunamente señalado por la suscrita, mediante oficio, por medio del cual realice observaciones relacionadas con el desarrollo urbano, así como de la función y responsabilidades públicas de esta administración, he de reiterar que gran parte de la afectación que se ha causado a la ciudadanía, es por la falta de vigilancia en el desarrollo de acciones urbanísticas, que sin cumplir con los mínimos requisitos legales, provocan asentamientos irregulares, mediante la comercialización, lotificación, y construcción de inmuebles, sin que para ello hayan cumplido con los procedimientos establecidos por la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano, del Estado de Nayarit. Es necesario retomar el rumbo, y al efecto, el compromiso de esta administración, propio de este ayuntamiento. Tomar las medidas adecuadas para ello, compromiso no de palabra, si no que se materialice con el cumplimiento de las obligaciones, que nos corresponde respetar y hacer respetar emanadas de la ley.

“Es el caso pues, de las múltiples anomalías que tan solo por transitar en nuestro municipio, nos podemos dar cuenta, lo disperso en los desarrollos urbanísticos, que generan mayor dificultad para la administración municipal satisfacer las necesidades de servicios, por sus altos costos, al no existir mayor concentración de dichos desarrollos, esto derivado del incumplimiento de los desarrolladores urbanísticos en las obligaciones y cargas que la ley les marca, pero sobre todo, por la complacencia de la autoridad, entre las cuales la de ámbito municipal es la que nos corresponde.

“Por lo expuesto y en vía de Denuncia ante el Pleno de este Honorable Cabildo; La construcción, promoción y venta en los desarrollos urbanísticos denominados Cuatro Caminos, Ex Hacienda San Ángel, Fraccionamiento Valle de Marlín (Jardines de la Bahía) entre otros de los cuales y por obviedad, son del conocimiento de la Dirección de Desarrollo Urbano, mas sin embargo no se realizaron las medidas preventivas y de sanción por el incumplimiento de la Ley, lo que refleja que esta Dirección, con instrucción o sin instrucción de quien resulte ser su superior, a permitido no solo la inaplicabilidad de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano, sino la consumación de los delito tipificados en esta materia, contemplados por el Código Pernal del Estado de Nayarit, y ha encubierto los actos de estos desarrolladores, no obstante que la suscrita ya había realizado manifestaciones en este sentido y ante este pleno, incluso, solicitando la comparecencia del titular de esa dirección así como de la Dirección de Contraloría, con la finalidad de que informaran si estaban aplicando alguna sanción, existía algún procedimiento ante la Dirección de Desarrollo Urbano, por las infracciones flagrantes, o en su caso, la Dirección de Contraloría procediera por la negligente actuación del personal omiso.

“Resultando en esta ocasión, que se incrementan los actos tolerados como resulta ser la construcción de dos Estaciones de Servicio (gasolineras), una ubicada frente la plaza El faro sobre la carretera 200 ahora Boulevard Riviera Nayarit, y la otra en el ingreso al fraccionamiento Valle Dorado, en los que es de llamar la atención, que su construcción está a la vista y sobre vialidades altamente frecuentadas como para que la autoridad fiscalizadora y de Desarrollo Urbano no se hubiere percatado, y aun, sin ser necesario solicitar la revisión de la documentación o permisos que se pudiera suponer se hubieren entregado, estas construcciones incumplen la normatividad, puesto que este tipo de negocio se encuentra regido por tramite especial, en el que la superficie de terreno, debe tener ciertas características como medida en metros cuadrados que dichos predios en que se edifican no lo cumplen, partiendo con un frente mínimo de 40.00 cuarenta metros, lo cual también se incumple a simple vista, dejando al descubierto irregularidades en su construcción, y consiguientemente dándole a entender a la ciudadanía conocedora, que dichas autorizaciones por estar fuera de la norma generan un ingreso que no se esté reflejando para el erario público pero si para algún funcionario o funcionarios, por lo que resulta necesario se tomen las medidas adecuadas para que si fuera así, también se considere que este tipo de actos son los que mantienen desfalcado a nuestro municipio, así como hacer vigente en los comentario de la población, que existe corrupción en esta administración.

“Por lo que es preciso desde este momento instruya usted señor presidente al Director de Contraloría, basado en la presente denuncia que mediante este oficio que le presento, inicie el procedimiento administrativo de investigación y sancione a quien resulte responsable por parte de los servidores públicos.

“De igual manera indique al señor Síndico del Ayuntamiento Licenciado ARMANDO CAMPOS SALGADO, formalice ante el Ministerio Publico las denuncias por los delitos en materia de Desarrollo Urbano de Fraccionamiento Ilegal de Inmuebles, previstos por el Código Penal del Estado de Nayarit, en su artículo 393, ya que hemos de concluir que para lograr sanear estos malos hábitos es necesario aplicar rigurosamente la ley para que se muestre un verdadero cambio en esta administración y no solo quede en demagogias.

ARTÍCULO 393.- Comete el delito de fraccionamiento ilegal de inmuebles el que por sí o por interpósita persona, fraccione terrenos cualesquiera que sea el régimen jurídico o condición de éstos, sin las licencias, autorizaciones y permisos que se requieran para ello de las autoridades administrativas competentes, y realice cualquier operación contractual en los lotes divididos. Para los efectos de este artículo se entiende por fraccionar, dividir terrenos en lotes que carezcan de la infraestructura de obras y servicios públicos que prevé la Ley Estatal de Asentamientos Humanos. Al responsable de este delito, se le impondrá de tres a ocho años de prisión y multa de cien a quinientos días de salario mínimo general vigente.

“La autoridad también está obligada a apegarse a las disposiciones de dicho ordenamiento ya que textualmente señala en su artículo 6°, “Las acciones e inversiones que lleven a cabo la Federación, el Estado, los Municipios y los particulares en el territorio estatal, deberán mantener congruencia con los planes y programas de desarrollo urbano y ajustarse a las disposiciones de esta Ley”. Dicho incumplimiento tiene y es entendible que debe tener consecuencias jurídicas, siendo una de estas la nulidad de dichos actos o acciones, tal y como se precisa en el numeral 8° de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano, puesto que “Son nulos de pleno derecho y no surtirán efectos, los actos, convenios y contratos relativos a la propiedad o cualesquier otro derecho relacionado con el aprovechamiento de áreas o predios que se otorguen en contravención a lo dispuesto por el presente ordenamiento y los planes de desarrollo urbano; así como los permisos, autorizaciones o licencias otorgados por la autoridad que los contravengan”.

“Como es claro, la valoración de las acciones urbanísticas y todo acto que de las mismas resulten no son, ni deben ser de interpretación individual y caprichosa, pues como he dejado asentado el ordenamiento referido es de Orden público e Interés Social, la autoridad como ente público es el primer obligado a su cumplimiento en cada uno de sus términos, y su incumplimiento causa perjuicio en la colectividad. Lo anterior es evidente, pues para la elaboración y aprobación de los planes el ordenamiento marca un procedimiento mismo que se incumple y al efecto señalo lo previsto por el artículo 52 de la Ley multicitada.

“Por lo anteriormente expuesto he de solicitar se me tenga denunciado las irregularidades que presentan los desarrolladores en materia de Desarrollo Urbano en las que las dependencias de este ayuntamiento han resultado omisas en el ejercicio de sus obligaciones propiciando el encubrimiento o en su caso la corresponsabilidad con los fraccionadores en perjuicio de parte de la población de este municipio, debiéndose actuar en cuanto a lo solicitado.” Así concluyó esta denuncia pública y oficial con la rúbrica o firma de la regidora y distribuida a cada uno de los regidores, así como con copia a las demás autoridades estatales y del Congreso del Estado de Nayarit.