El afectado es Javier Aram Abarca Plazola de 13 años de edad golpeado desde que entró a la escuela secundaria La Pesquera
Por Mauricio Lira Camacho
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Más de 20 estudiantes lo golpearon y el afectado está amenazado de muerte.
Se trata del joven de 13 años de edad, su nombre Javier Aram Abarca Plazola, ingresó a la escuela secundaria La Pesquera sobre Fluvial Vallarta.
De inmediato, recibió una tunda de golpes, ordenados de quien señaló como Melanie Martínez, “su novio y amigos me golpearon”, asentaría en acta.
Su señora madre de nombre Elba Plazola, relató que a su hijo comenzaron a seguirlo, hasta que el pasado primero de febrero, lo esperaron a él y su hermano de 19 años de edad de nombre Jesús Sergio Abarca Plazola, afuera de las instalaciones del plantel y a ambos los golpearon.
Al primero, fuertes golpes en el estómago, “a la fecha mi hijo sufre de mareos”.
Al hermano mayor, le desviaron el tabique de la nariz, “aún más hace unos días en la confluencia del parque lineal para salir a Grandes Lagos frente de la escuela Pesquera, esta niña Melanie estaba con su papá, esperaron a mi esposo y entre un hermano de la acusada y él lo golpearon, eran las 8 de la mañana”.
“Los careos dentro del plantel para denunciar los hechos ante director y maestros no dan resultados, nos han dicho les garantizamos seguridad aquí pero afuera ya es responsabilidad suya”.
El oficio que se abrió ante la instancia legal correspondiente es el número de oficio 456/2013 del acta ministerial 194/2013.
Es un documento que firma el agente del ministerio público, Bertha Alicia Pablo de la Cruz dirigido al delegado de la unidad regional del instituto jalisciense de ciencias forenses.
Se lee: “Solicito a usted ordene a quien corresponda de entre el personal que tiene a su cargo, para que realicen el dictamen clasificativo y descriptivo de lesiones, al ciudadano Jesús Sergio Abarca Plazola y el menor Javier Aram Abarca Plazola.
Pidiendo que el resultado obtenido del dictamen, sea remitido a la agencia del ministerio público de adolescentes a la brevedad posible por ser necesario para la debida integración de la causa señalada al margen superior derecho.
Lo anterior por ser necesario para dar la debida integración de la causa y con apoyo en lo dispuesto por los artículos 220, 221 y 222 del enjuiciamiento penal vigente en la entidad federativa”.