Desacato del Secretario fue Fraguado por Jurídico del Ayuntamiento

· En el afán de buscar la manera de no atender el ordenamiento legal de 8 regidores y la Síndico municipal para que el Secretario convocara a Sesión de Cabildo para que José Gómez, les diera a conocer su Plan de Austeridad (que no existe) sus asesores jurídicos metieron en problemas legales al Secretario que no haba qué hacer en Cabildo cuando el regidor, Ismael Duñalds hizo alusión al tema.

Por Paty Aguilar
NoticiasPVNayarit

En el afán de buscar la manera de no atender el ordenamiento legal de 8 regidores y la Síndico municipal para que el Secretario convocara a Sesión de Cabildo para que José Gómez, les diera a conocer su Plan de Austeridad (que no existe), los asesores jurídicos del IX Ayuntamiento de Bahía de Banderas, metieron en problemas legales al Secretario, médico, José Ramón Alcantar Hernández, que no hallaba qué hacer en Cabildo cuando en el punto de Asuntos Generales del orden del día, el regidor, Ismael Duñalds, hizo alusión al tema.

Creo tener los elementos más que claros estipulados en la Ley y en el Reglamento Interior como un desacato, dijo el regidor, Ismael Duñalds, al referirse al tema. Creo, dijo “que la contestación que a un ordenamiento de mayoría absoluta, como bien lo señala el artículo 52 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, deja más que en claro la atención y el mandato que le estaba ordenando al Secretario convocar a Sesión de Cabildo.

Sin Embargo, dijo el regidor en relación al escrito de contestación dado a conocer oportunamente, el Secretario “hizo alusiones de interpretación en su escrito contestatario en el cual dejó ver una situación muy clara que más que fungir como el encargo que protestó y se comprometió antes este IX Ayuntamiento hacer valer, fue el contestar una interpretación propia de la misma ley y creo que si bien es cierto, hay cuestiones para debatir en interpretaciones de las leyes, yo creo que hay sujetos de acatar ordenamientos que la misma ley le señala y en este caso, el artículo 114 dice muy claro donde le mandata al Secretario en sus funciones lo que debe de estar haciendo y él pues lejos de acatar esta indicación pues se limitó a contestar un escrito.

El 114 dice en la fracción 1.- Citar cuando se lo ordene el presidente municipal o la mayoría absoluta del Ayuntamiento. A todos y cada uno de los integrantes del mismo para la celebración de las Sesiones de Cabildo, dicha citación deberá ser personal y contener el objeto y día y hora de la Sesión, citó el regidor y agregó “Esa es una de las funciones obligadas de la Secretaría del Ayuntamiento y están establecidas en el Capítulo Dos de la Ley Municipal. No veo en las funciones de la Secretaría un artículo que señale lo contrario y esa era una obligatoriedad de cumplir ese mandato que la mayoría absoluta que estaba debidamente establecido en el escrito que se le giró para que así lo hiciera».

«El artículo 52 en su primer párrafo fue reformado el 11 de diciembre del 2010 y el Secretario hizo referencia a las facultades y obligaciones que tenemos nosotros como regidores y señaló el artículo 70, donde debo decirles que bueno data este artículo de cuando fue expedida esta ley el 4 de agosto del 2001, entonces es un asunto totalmente diferente en el cual no debería, por ningún motivo, haber hecho conclusiones de las determinaciones de otros artículos que no encuadraban en lo absoluto para que el (secretario) evadiera o evada este tipo de responsabilidades que para mi punto de vista son graves y debieran atenderse como tal en el sentido de que no se sigan dando este tipo de situaciones” indicó.

Entonces, agregó el regidor “exhorto a este Ayuntamiento para que se prevea este tipo de cuestiones que si bien es cierto el Secretario no es abogado ni yo tampoco, pero la ley lo dice con bastante claridad y yo no voy a hacer una función que no esté enmarcada en lo que a mí me mandata la misma ley entrando a un asunto donde le mandata al secretario porque entonces estaría usurpando funciones de una representación y otra. Creo que lo que estamos aquí planteando es un asunto muy apegado a derecho, muy bien de interpretación y que desde luego yo felicito que haya pasado esto porque nos dio oportunidad de conocer la ley.” Y es que el artículo 70 no fue corregido por el Congreso cuando se reformó el 52 en el año 2010 para que encuadrara con el mismo y de eso se agarraron los desleales abogados que sirven a José Gómez y no al Ayuntamiento como tal, para que el Secretario desacatara el ordenamiento de la mayoría absoluta, dado que en el 114 que se refiere a las responsabilidades de la Secretaría del Ayuntamiento, claramente le indica que es por mayoría absoluta y no calificada como lo refiere el 70.

El regidor, dejó ver que precisamente esta situación les permitirá como Cabildo exhortar al Congreso para que corrija tal situación, sin embargo, dijo, el desacato se configura, así lo dijo “Pero en ningún momento da pie o cabida para evadir el mandato, lo vuelvo a repetir, porque yo no puedo ir en las funciones que la misma ley señala de una representación diferente, yo me tengo que apegar a lo que la misma ley me señala y me exige para que cumpla con mi encargo y es la parte que yo estoy aquí exigiendo y que fue interpretada de diferente manera, que quede estipulado en el acta, lo pido con el derecho que me asiste y espero que así sea para los posterior haya necesidad de atender” concluyó.

Por su parte, en su defensa el Secretario señaló “Por principio legal el presidente nunca se negó a convocar, no hay una negativa en la contestación que les doy por lo tanto no procedería hasta ese punto. El hecho que refiera usted del 2001 este artículo, no pierde vigencia. Tiene razón yo no soy abogado, pero también le hago la observación que formamos parte de un equipo donde hay un jurídico, hay una contraloría, ellos que si son abogados, que me hicieron el favor de analizar punto por punto junto conmigo para responder de manera puntual y atenta a sus peticiones y al final de cuentas si nos sujetamos efectivamente al artículo 70 de las facultades de los regidores»

«Señala plenamente que tiene que ser por mayoría calificada y la mayoría calificada son 10, el escrito estaba firmado por 9 integrantes de este Cabildo. Nada más para hacer la aclaración y también dejarlo asentado en el acta la explicación de que es un escrito dirigido a su servidor lo cual contesto con toda responsabilidad a cada uno de los que lo interpusieron basado no en una interpretación, el artículo está escrito aquí en el Diario oficial y no creo que haya sido una interpretación, menos de mi parte cuando tengo el beneplácito de poder trabajar con una Dirección Jurídica que atiende los temas de todo el Ayuntamiento, es cuanto presidente” dijo.

Finalmente, el regidor, Ismael Duñalds, reiteró, que el Secretario violentó el artículo 114 que es el que le ordena cuáles son sus funciones, dado que su función no es interpretar la ley, sino acatarla y el artículo 114 es muy claro, concluyó, no sin antes aclarar que el presidente municipal, previamente a la solicitud de que se convocará a Sesión para tal efecto, ya había recibido un exhorto de parte de estos nueve integrantes para que convocara a Sesión de cabildo para que diera a conocer su Plan de Austeridad y hizo caso omiso, motivo por el cual se le solicitó al Secretario en tiempo y forma y desacató el ordenamiento. Por cierto, el alcalde, no tiene un Plan de Austeridad, como lo anunció públicamente, ahí explicó que el despido masivo de trabajadores y la quita de prerrogativas a los regidores se trataba de medidas de austeridad y que su investidura como presidente municipal lo faculta y lo seguirá haciendo cuantas veces sean necesarias, advirtió.

Cabe mencionar finalmente, que mientras el regidor estaba haciendo el llamado de atención al Cabildo sobre este desacato a su investidura como regidores, el Secretario se vio desesperado y nervioso pidiendo el respaldo de los abogados del alcalde.