* Se prohíbe a Comités de Acción Ciudadana la venta de cerveza para recabar fondos, asimismo queda estrictamente prohibido tomar bebidas embriagantes en plazas y vías públicas, centros deportivos, educativos, culturales y de sano esparcimiento. Se permitirá consumo de bebidas embriagantes en plazas públicas solo durante fiestas patronales de los pueblos, pero hasta la una de la mañana
Por Paty Aguilar
El presidente municipal de Bahía de Banderas, Rafael Cervantes Padilla, emitió el primer acuerdo administrativo que entrará en vigor a partir de las cero horas con un minuto de este miércoles 26 de octubre 2011 y deberá publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Nayarit y difundirse en los estrados de cada Delegación Municipal, el cual fue dado a conocer a los regidores durante la Sesión de Cabildo Ordinaria que se llevó a cabo este martes 25 de octubre en la presidencia municipal.
Con fundamento en la Ley Municipal de Nayarit en relación a la Ley que Regula los Establecimientos Dedicados a la Producción, Almacenamiento, Distribución y Enajenación de Bebidas Alcohólicas de Nayarit, así como del Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicios Turísticos de Bahía de Banderas, el alcalde emitió el primer acuerdo administrativo dirigido a los habitantes y autoridades auxiliares del municipio, con el objeto de prevenir y combatir el alcoholismo, así como toda actividad que implique una conducta antisocial.
Para ello, el alcalde, Rafael Cervantes Padilla, tomó las siguientes medidas: Primera.- Se prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, plazas, centros deportivos, educativos, culturales y de sano esparcimiento. Segunda.- Los horarios para la venta de bebidas alcohólicas se sujetarán a partir de esta fecha a lo que previene el artículo 28 de la Ley que regula los Establecimientos Dedicados a la Producción, Almacenamiento, Distribución y Enajenación de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Nayarit, con las salvedades reservadas a esta autoridad administrativa para restringir o ampliar dichos horarios, según las condiciones de cada giro y las circunstancias en que operen, en los términos del artículo 72 del Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicios Turísticos en el municipio de Bahía de Banderas.
Y como tercero y último punto.- Exclusivamente durante las fiestas patronales de cada pueblo y hasta la una de la mañana, se autoriza el consumo de bebidas alcohólicas en las plazas públicas y la venta hasta ese horario en los establecimientos del giro que cuenten con los permisos correspondientes.
Este acuerdo administrativo, entrará en vigor a la 00.01 minutos de este miércoles 26 de octubre 2011 y deberá publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Nayarit y difundirse en los estrados de cada delegación municipal.
Asimismo, Rafael Cervantes, en consenso con los regidores, determinó prohibir a los Comités de Acción Ciudadanas vender cerveza para recabar fondos, a partir de este miércoles 26 de octubre, sus actividades se dirigirán a favor de la remoción de la infraestructura de sus pueblos, así como a la organización de eventos que promuevan la unión familiar.