Información en Cinco Días o Arresto por 36 Horas: ITEI

Además, se tipifica como delito en materia de información, funcionario que no cumpla estipulaciones, con penas de multa económica y arresto por 36 horas

Por Mauricio Lira Camacho

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Ahora es obligatorio respuesta de información en cinco días, de lo contrario se contemplan sanciones económicas y arresto por 36 horas, para funcionario que no cumpla, informa el ITEI.

Así lo estipula el artículo 298, del código penal que lo tipificada como delito en materia de información pública, informa Sinué Pelayo Padilla, encargado de capacitación del área jurídica del instituto de transparencia del estado.

Respuesta a petición de información en cinco días o medidas extremas de arresto hasta por 36 horas, según se dijo en taller que fue impartido a trabajadores de los ayuntamientos de la zona.

Se expuso que, con la aplicación de esta nueva ley de transparencia, que entró en vigor a partir del primero de abril de este año, se dan cambios de interés principalmente para quienes solicitan datos, ante la autoridad correspondiente.

En los cambios que llaman la atención, es darle más énfasis al tiempo de respuesta al solicitante de parte de quien proporciona la información y las sanciones.

Acerca de éstas, dijo en entrevista, del artículo del código penal que tipifica el delito cuando no se entrega la información en tiempo y en forma.

Se trata de todo un procedimiento que se lleva a cabo, primero por una parte haya resolución de parte del Instituto de Transparencia, ITEI, la cual se debe decretar como incumplida y se pasen a las sanciones de manera ascendiente.

Esto es, la amonestación pública, que a lo mejor ahí mismo se soluciona el problema, y ahí quedaría, pero si se persiste se tendría que llegar a la multa económica o arresto administrativo y la última fase es la de la denuncia penal.

La cual está prevista en el artículo 298, del propio código penal tipificada como delito en materia de información pública, “ya no es equiparable como lo mencionaba la anterior ley”, señaló en entrevista.

Además de otras innovaciones de interés para la ciudadanía, en materia de información, con la entrada de esta nueva ley, anunció que las mayores medidas son que ya existen procedimientos como el de protección a las personas que solicitan datos.

También, se puede modificar algún dato personal que se requiera en el momento, o de alguno que esté incorrecto, por algún servicio que se de dio de un ente público.

Pelayo Padilla mencionó, “el otro es el recurso de transparencia, puesto que ahora las personas ya podrán acudir al ITEI cuando una dependencia no publique en su página de internet se pueden hacer acreedores a una sanción, por este detalle”.

El proceso de la sanción va igual de una amonestación, hasta el arresto administrativo o el arresto hasta por 36 horas, dijo.

Estas medidas, entran en vigor desde el pasado primero de abril del 2012, “la gente ya puede presentar los términos para acomodar las cosas, además es importante mencionar que el término de entregar respuesta del gobierno ante una solicitud de información ya es de cinco días”.

“Es importante decir que desde que se admite la solicitud de la información, tienen cinco días como gobierno para contestar y posteriormente 10 días para entregar lo solicitado, y la exigencia de que se publique la información, independiente de lo que se solicite”, concluyó,