Las concesiones deben ser aprobadas por ayuntamiento que no trasciendan 3 años de gobierno municipal y que sean pagadas en el mismo periodo
Por Mauricio Lira Camacho
Noticiaspv
La propuesta es muy sencilla, que las concesiones y préstamos económicos se den para ser pagadas en el mismo periodo municipal, esto es, que no trasciendan más allá de los tres años.
Salvo en algunos casos extraordinarios, que determinado ayuntamiento quiera obtener préstamos o concesiones más allá de tres años, presente ante el cuerpo edilicio lo que se determina sean causas excepcionales.
Esto es, que la información este debidamente sustentada, y cuente al final de todo con la aprobación de los regidores.
Hoy es una práctica común otorgar concesiones sin el conocimiento particular ante regidores o de solicitar empréstitos económicos ante instituciones bancarias, muchas de las cuales rebasan los 3 años de gobierno.
El mensaje para todos es que como ciudadanos no queremos estar endeudados, mucho menos que estas duren más allá de los tres años.
Que el mismo gobierno otorgue concesiones o solicite préstamos, pero que todo sea pagado dentro de los tres años que dura el ayuntamiento.
Son parte de las conclusiones que a manera de propuestas quedaron planteadas durante la reunión de reforma al reglamento orgánico municipal, celebrada en el salón de ayuntamiento.
Así lo externo el coordinador de las mesas de trabajo, el abogado Carlos Raúl Sánchez Ortíz.
Lo dijo ante ediles Susana Carreño, Candelaria Villanueva, Doris Ponce, Humberto Gómez de movimiento ciudadano.
De Humberto Muñoz y Jesús Anaya del partido acción nacional, así como Adrián Méndez, del PRI.
A decir de Sánchez Ortíz, es que la persona quien llega al gobierno municipal en primer lugar tratara de establecer por causa excepcional se tiene que hacer una serie de contratos por más de tres años, lo que dura una administración municipal en Puerto Vallarta.
Primero acreditar la causa excepcional, por más de tres años, si pides créditos o préstamos, que la paguen en su periodo, no más herencias.
Pro por causa excepcional, se debe acreditar ante el pleno de ayuntamiento porque se debe aprobar de tal forma.
Cuales son las partes que se pueden y deben cumplir, dijo, la incompetencia para endeudar a otros que no tienen siquiera vela en el entierro.
Deben incluirse los candados de rigor para evitar que se siga dando esta situación de que ayuntamientos endeudan a las siguientes.