Bahía de Banderas, Nay., junio 26 de 2012.- Con el propósito mantener el orden y la paz social de los ciudadanos durante la jornada electoral del próximo domingo 1 de julio, el Ayuntamiento de Bahía de Banderas, por instrucciones del Presidente Municipal, Rafael Cervantes Padilla, ha dispuesto restringir la venta y consumo de bebidas embriagantes en locales y establecimientos comerciales del municipio, a partir de las 00:00 horas del día sábado 30 de junio y hasta las 24:00 horas del 01 de julio.
Lo anterior en cumplimiento a lo establecido por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que faculta a las autoridades competentes, de acuerdo a la normatividad existente, limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan o expendan bebidas embriagantes, en el entendido de que quienes no acaten esta disposición, serán sancionados conforme a la Ley.
En ese sentido, el gobierno municipal asume el compromiso de llevar a cabo las acciones necesarias tendientes a establecer en Bahía de Banderas, un clima de tranquilidad y paz social que permita el adecuado desarrollo de una jornada electoral pacífica, limpia y transparente.
Para tal efecto ha estimado necesario exhortar respetuosamente a los ciudadanos propietarios, encargados o responsables de los establecimientos o locales cuyo giro implique la comercialización de bebidas alcohólicas, así como a la población en general, para que con pleno respeto a las disposiciones legales invocadas se sumen a este esfuerzo, a efecto de restringir la venta y consumo de vinos, licores, cerveza y toda clase de bebidas embriagantes o que contengan alcohol durante la jornada electoral
De esta manera, la autoridad municipal tomó el acuerdo de restringir de manera total la venta y consumo de bebidas alcohólicas con motivo de la jornada electoral, haciendo extensiva dicha disposición a todos los locales y establecimientos comerciales, incluyendo estos cantinas, botaneras, pulquerías, bares, cervecerías, restaurantes, restaurantes-bares, discotecas, tiendas de abarrotes, misceláneas, estanquillos o similares con licencia para venta de vinos y licores; tiendas deautoservicios, supermercados, y todo establecimiento cerrado con atención directa al público en el que se expendan bebidas alcohólicas preparadas y/o en botella abierta con o sin alimentos.
La medida aplicará a partir de las 00:00 horas del día 30 de junio y hasta las 24:00 horas del día 01 de julio, día de la elección, bajo el apercibimiento de que en caso de incumplimiento a dichas disposiciones, quienes resulten responsables se harán acreedores a la imposición de multas de conformidad con la legislación y reglamentación aplicable.