Guadalajara
A menos de dos meses para que venza el plazo para migrar a la factura electrónica, ésta es objeto de confusión entre siete de cada 10 contribuyentes, quienes tienen hasta el 31 de marzo para migrar a la plataforma tecnológica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través del Sistema de Administración Tributaria (SAT).
“En realidad es muy fácil”, dijo Marco Antonio Fregozo Santiago, director general de la empresa Omesis, al señalar que para poder emitir facturas electrónicas el tributario sólo requiere de la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) y del Certificado de Sello Digital (CSD); ambos se tramitan en las oficinas del SAT y son gratuitos.
Para realizar este trámite, dijo, es necesario ingresar a la página de Internet www.sat.gob.mx, donde debe elegir la opción de Información Fiscal y después seleccionar el enlace de Fiel. En este apartado están los requisitos para hacer la solicitud.
Ya que se obtiene la Fiel, el contribuyente puede solicitar el CSD, que está en el mismo portal web, en el apartado de Trámites y Servicios, opción Factura Electrónica, donde se ingresa con la clave de la firma avanzada.
Al obtener este sello, es posible ahora hacer la inscripción al SAT para migrar a la factura electrónica; proceso que se puede hacer en la misma página de Internet o a través de un tercero, como un contador o un distribuidor de facturas electrónicas, como es el caso de Omesis.
En contraste, David Alvarado Cerda, consultor fiscal, dijo que este proceso, que en teoría es tan sencillo, en la práctica se complica porque la plataforma del SAT no soporta el alto volumen de gestiones y entonces marca error de procedimiento o, simplemente, no funciona.
“Somos tantos. Por ejemplo, llevo con una persona todo el mes tratando de obtener su certificado y no lo hemos logrado; en otro caso duré 22 días para obtener un sello. Y ya que opera todo el tiempo la página del SAT, entonces he tenido que trabajar de madrugada para avanzar, de hecho, el horario en que más se logra entrar al sistema es entre cinco o seis de la mañana”, dijo que en realidad es un caos.
Aunque las autoridades son medio conscientes de este hecho, dijo, por lo cual los contribuyentes que hubieran obtenido ingresos inferiores a 500 mil pesos en el año anterior, personas físicas con actividad empresarial y profesionales, van a poder usar los comprobantes en papel hasta marzo y entrar al nuevo esquema electrónico en abril.
Sin embargo, para cinco de cada diez contribuyentes, ya es demasiado el tiempo y los procesos que deben entender para realizar el trámite de la Fiel y del CSD, como para todavía enfrentarse a un sistema saturado, que tampoco entienden con claridad, por lo cual dijeron que ese trámite lo dejaron en manos de su contador.
“Pero tampoco nosotros podemos porque, como dije, el sistema está saturado y se convierte en un embudo”, dijo el también contador fiscal, que desde su experiencia, la mayoría de los contribuyentes no va a tener la factura electrónica en tiempo ya que el país no tiene la infraestructura para enfrentar estas obligaciones, ni por parte de la autoridad, ni por el lado de las personas.
“A los legisladores se les olvida que quienes generan riqueza en un país son: el productor, el fabricante y el comerciante, y ellos están ajenos a estos sistemas tecnológicos. Por ejemplo, un comerciante de Tingüindín, Michoacán, que no sabe leer ni escribir, menos usar una computadora. La burocracia ha estado siempre demasiado pesada, tanto, que no nos deja ser prácticos”, estimó el especialista.
Claves
El proceso de facturación
-A partir del 1 de enero de 2014 es obligatorio el uso de la Factura Electrónica para todos los contribuyentes
-Como facilidad para las personas físicas que en el último ejercicio declarado tuvieron ingresos iguales o menores a 500 mil pesos y emitieron comprobantes impresos o CFD, podrán seguir facturando bajo estos esquemas hasta el 31 de marzo de 2014, siempre y cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de facturación electrónica
-Si usted está dentro del Régimen de Incorporación Fiscal puede utilizar la herramienta gratuita para generar facturas de la página de Internet del SAT, sólo necesita su contraseña
– Para expedir Facturas Electrónicas (CFDI) sólo debe seguir dos pasos:
-Puede tramitar su Certificado de Sello Digital con su Fiel. Si es persona física no necesita sello digital, puede facturar sólo con su Fiel (sólo para quienes usen la herramienta gratuita del CFDI, que ofrece el SAT, debido a que no modifica la normatividad en la operación de los PAC)
-Puede usar la herramienta gratuita del SAT o contratar los servicios de un proveedor de factura electrónica