INE Modifica Criterio Sobre Simpatía Política de Funcionarios

Con votación dividida el Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió que no infringe la ley el servidor público que en día hábil solicita se le descuente el día para acudir a un acto de campaña.

En sesión ordinaria el INE desecho, con 6 votos, la queja promovida por el PT en contra de la otrora presidenta municipal de Xalapa, Veracruz, Elizabeth Morales García señalada por acudir al cierre de campaña presidencial de la Coalición «Compromiso por México», ocurrido el 22 de junio de 2012.

Aunque la denunciada pidió permiso y se le descontó el salario, la Comisión de Quejas propuso dar vista a al Congreso del estado de Veracruz para deslinde de responsabilidades.

Cinco consejeros respaldaron esta resolución, incluidos los que tienen trayectoria en el Poder Judicial, Beatriz Galindo, Adriana Favela y José Roberto Ruiz, pero la mayoría de seis consejeros se impuso y desechó la queja.

De acuerdo a la Comisión la queja resultaba fundada, en congruencia con la sentencia emitida el pasado 11 de junio por la Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF), en la que consideró ilegal -y confirmó una resolución del IFE– que servidores públicos de Tamaulipas acudieran, aun con permiso para ausentarse, a actos de campaña en día hábil.

«Lamento que se esté desaprovechando esta oportunidad de proseguir un criterio jurídico que nos está trazando la Sala Superior» e ir encaminándonos a la refundación del servicio público, «este precedente nos daba (esa) oportunidad», dijo el consejero José Roberto Ruiz Saldaña.

Pero en pro de desechar el asunto se pronunció el consejero Benito Nacif, al recordar que en 2011 el TEPJF ya estableció garantías al derecho de asociación y reunión de los servidores públicos, modificó una resolución del entonces IFE y les restringió a los funcionarios asistir a actos proselitistas pero en jornadas laborales, no en días hábiles.

«Ahora bien, en el caso en concreto, la servidora pública denunciada pidió permiso para ausentarse de sus labores y se le descontó de su salario, por lo que no se puede concluir que al asistir al evento de campaña se encontraba dentro de su jornada laboral».

Con esa postura coincidió el consejero presidente Lorenzo Córdova, y los consejeros Ciro Murayama, Marco Baños, además del representante del PAN, Rogelio Carbajal, , para quienes «es excesivo que un servidor público no pueda acudir» si solicitó permiso y se le descontó el día, pues los funcionarios también tienen libertad de expresión y asociación.

Empero la presidenta de la Comisión de Quejas, Beatriz Galindo Centeno expuso que no se pretende coartar los derechos fundamentales, pero los servidores públicos, recordó, tienen más obligaciones que derechos.

«Los derechos no son absolutos y aquí precisamente ante el interés público se ve la limitación del ejercicio de libertad de expresión de asociación ante un funcionario que, bajo esa envestidura tiene más obligaciones que derechos; los derechos los podrá ejercer en su ámbito privado».

La consejera Adriana Favela coincidió en este punto y recordó que según el criterio del TEPJF basta que los funcionarios se distraigan de su función para acreditar que desvían recursos. En el caso Tamaulipas, el Tribunal dijo que el hecho de que hubiesen asistido a un evento proselitista en un da hábil distrajo a los funcionarios de sus funciones ante el Ayuntamiento.

La consejera Pamela San Martín estableció que los servidores públicos tienen prohibiciones para garantizar el interés general por encima del particular.