SCJN avala secreto fiscal

Por ocho votos contra dos, el pleno declaró constitucional el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, que ordena a las autoridades guardar una reserva absoluta de la información entregada por los contribuyentes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza desechar el amparo que demanda revelar los nombres de los beneficiados en 2007 con la cancelación de créditos fiscales por más de 73 mil millones de pesos, tras avalar el precepto que clasifica esta información como secreto fiscal.

Por ocho votos contra dos, el pleno declaró constitucional el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, que ordena a las autoridades guardar una reserva absoluta de la información entregada por los contribuyentes, disposición en la que se basó el Sistema de Administración Tributaria (SAT) para no difundir los datos.

Sin embargo, los ministros discreparon sobre el alcance del secreto fiscal, pues para Arturo Zaldívar, autor del proyecto, y varios de sus colegas, éste debe limitarse a los datos personales de los contribuyentes, que también pueden revelarse por razones de interés público en casos concretos que justifiquen esa apertura.

Los ministros José Ramón Cossío y Juan Silva Meza, presidente de la Corte, votaron por la inconstitucionalidad del artículo 69, porque contempla una reserva genérica y total, que impide a la autoridad determinar caso por caso la posibilidad de entregar una parte de la información o versiones públicas, lo que viola el principio de máxima publicidad como regla general.

«El secreto no puede permitir a la autoridad, de manera automática, considerar cierta información como reservada permanentemente. El secreto de ninguna manera exime de realizar dicha evaluación en los casos concretos para establecer la temporalidad de la reserva», sostuvo Cossío.

«Toda reserva de información pública es temporal, por disposición constitucional expresa, razón por la cual no resulta posible considerar la existencia de una reserva absoluta… (esto) vulnera el principio de máxima publicidad, pues no solamente convierte la secrecía en regla general, sino que además anula cualquier supuesto de acceso respecto de esta información», afirmó Silva.

Tras esta primera votación el ministro Jorge Mario Pardo propuso no entrar al estudio de los agravios planteados por la quejosa, debido a deficiencias técnicas en la demanda, que no pueden suplirse por tratarse de un amparo administrativo, y a que la demandante impugnó la constitucionalidad del artículo 69, que ya había sido avalada por el pleno.

La propuesta ha recibido el respaldo de tres ministros, que se oponen a analizar los argumentos de la quejosa, en el sentido de que la negativa del SAT a entregar los datos viola su derecho a la información.

El proyecto del ministro Zaldívar plantea otorgar el amparo y se ordenar al SAT que se entregue la información.

El debate continuará este martes.