Niega la Corte amparo a pensionados del IMSS

México • La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó amparar a pensionados y jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), quienes demandaban que se les exentara del impuesto sobre la renta (ISR) por ser inconstitucional.

Los quejosos reclamaron que el artículo 109 de la Ley del ISR viola la equidad tributaria y la garantía de igualdad, además de que repercute en una doble tributación.

Argumentaron que no existe equidad porque el artículo 32 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM) exenta a militares y marinos del citado impuesto cuando pasan a situación de retiro.

Con nueve votos a favor y dos en contra, el pleno de la Corte determinó que el trato especial que se da al personal de las fuerzas armadas es legal, pues ellos están sometidos a otro régimen, ya que su labor es especial y su deber es proteger al Estado.

Durante dos sesiones se dejó claro que ni soldados ni marinos se jubilan, sino que pasan al retiro, pero eso no los libera de obligaciones y de ser llamados a funciones en cualquier momento.

El amparo negado fue interpuesto por Alfonso Moreno Ayala y otros, quienes impugnaron la Ley del ISR vigente de 2002 a mayo del presente año, que preveía la aplicación del gravamen a quienes ganaban más de nueve salarios mínimos al mes como pago de pensión y jubilación.

Sin embargo, a partir de mayo de este año, el impuesto se aplica a quienes perciben más de 15 salarios mínimos.

Faltan por revisar cuatro casos similares presentados por Gonzalo Arturo Escobar del Río, Gabino Govea Mena, David Harris jr. y Guillermo Gregorio Sosa Álvarez, demandas en las que hay más jubilados y pensionados que piden se declare inconstitucional el citado artículo.

En la primera parte de la discusión, la ministra Olga Sánchez Cordero propuso otorgar la protección de la justicia a los demandantes, pues señaló que no puede haber diferencias entre unos y otros, ya que puede provocar situaciones de vulnerabilidad.

Asimismo, José Ramón Cossío Díaz dejó claro que nadie puede dejar de abonar a la naturaleza tributaria y que tanto pensionados como jubilados también reciben beneficios públicos.

Sergio Salvador Aguirre Anguiano dijo que la cuestión de equidad no implica que todos los sujetos se encuentren en las mismas condiciones y mucho menos que toda desigualdad de trato supone una violación a la ley.

Finalmente, los ministros rechazaron que el artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta viole la garantía de igualdad, repercuta en una doble tributación o en una inequidad tributaria.