Las ventas condicionadas o atadas están prohibidas en bancos, ya que en caso de que una institución infrinja la regulación tendrá sanciones desde los 269 mil pesos y hasta 1.3 millones de pesos, informó Condusef.
Una vez cumplido el plazo de 90 días establecido por la Ley Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, luego de la publicación de la Reforma Financiera, a partir del 10 de abril, quedan prohibidas las ventas atadas en la contratación de algún servicio.
La Comisión explicó que, las instituciones deberán observar, que en el caso de la contratación de un crédito, el cliente podrá señalar como cuenta para pagos la que se tenga con otro banco, el cual se realizará vía domiciliación, y así se evita abrir una nueva cuenta de débito con el que se contrató el financiamiento.
La Condusef mencionó que con esta nueva regulación, «se propiciará una mayor oferta de productos y servicios a precios competitivos en el sector».
En el caso de los seguros relacionados con los créditos hipotecario y automotriz, en los que es necesario contar con un seguro de vida y uno de daños en protección de la garantía y del patrimonio del propio usuario, el banco podrá dar alternativas para que el cliente seleccione con que aseguradora contrata.