La Cofetel informó que esta determinación se derivó a la promulgación de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Publicado por José de Jesús Guadarrama el Jue, 11 de Octubre de 2012, 15:44 pm
Solo los titulares de datos personales, de manera gratuita deciden cómo, cuándo, a quién y para qué entregan su información personal.
La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) confirmó que Telmex presentó ante este regulador la cancelación formal de la tarifa que tenía registrada para el cobro del “Servicio de Número Privado”, e informó a la PROFECO que tanto esa empresa como Telnor ya no cobrarán la tarifa relacionada con dicho servicio, cumplirá así con la disposición que lo obliga a mantener la información personal como confidencial cuando los usuarios así lo decidan.
La Cofetel informó que lo anterior se derivó a la promulgación de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento, que establece que todas las personas tienen, entre otros, el derecho de oponerse a la publicación y divulgación de sus datos personales.
Derivado de tales disposiciones y al igual que cualquier otro dato personal, el número telefónico relacionado con un nombre y dirección está sujeto a los Derechos ARCO, que son los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que tienen las personas físicas con respecto a sus datos personales.
Lo anterior significa que sólo los titulares de datos personales, de manera gratuita deciden cómo, cuándo, a quién y para qué entregan su información personal, salvo las excepciones que marcan las leyes.
El regulador informó que en coordinación con la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) realizaron diversas acciones encaminadas a garantizar la gratuidad del ejercicio de uno de los derechos de protección de datos personales al que está obligado, en este caso, el prestador del servicio telefónico, ante la solicitud manifestada por el usuario.
De esta manera, se requirió al operador el pleno cumplimiento a la normatividad aplicable en materia de protección de datos personales en posesión de particulares, que establece el ejercicio de este derecho sin costo alguno