Rafael Cervantes se dice inocente de los cargos que le Imputan por predio de Unidad Deportiva de San José

* Niega haber tenido conocimiento del juicio agrario 599/2006, sin embargo, el juicio agrario 140/2006, que Rafael Cervantes como comisariado interpuso, hace referencia a este juicio, según consta en autos, asimismo dentro del 599 hay escritos firmados por él en nombre del Ejido San José del Valle

Por Paty Aguilar

En rueda de prensa, el diputado local, Rafael Cervantes Padilla, pretendió desvirtuar la identidad de la señora Martha Ochoa Peña, quien mediante juicio agrario 599/2006, busca demostrar su derecho agrario sobre predio donde se construyó la Unidad Deportiva de San José del Valle, el cual fue vendido por quien se ostentaba como dueño, Carlos Alonso Ochoa Peña. Además el diputado aseguró que durante el tiempo que el fue presidente del Ejido jamás tuvo conocimiento de que el juicio agrario 599/2006, existiera, por lo cual, ante los medios se declaró inocente de los hechos, que todo lo actuado de su parte lo hizo de buena fe, obedeciendo un mandato de la Asamblea que es la autoridad máxima del Ejido.
Lo anterior, derivado de la denuncia penal que con oportunidad se dio a conocer, que con fecha 9 de abril 2010, la señora Martha Ochoa Peña, a través de sus hijos, Manuel y Juan Paulo Valencia, ante el ministerio público de Valle de Banderas, presentaron una denuncia penal contra el expresidente municipal, Jaime Alonso Cuevas Tello, el expresidente del Ejido San José del Valle, Rafael Cervantes Padilla, los ejidatarios, Carlos Alfonso Ochoa Peña, Guillermo Ochoa Cuevas, y Armando Gómez Flores, de la empresa, Desarrollos Inmobiliarios Valle Real S.A, del complejo turístico, Brisas Vallarta de la Cruz de Huanacaxtle.
También se informó que el juicio agrario 599/2006 que la señora Martha Ochoa Peña, interpuso ante el Tribunal Unitario Agrario XIX de Tepic, con fecha 19 de septiembre 2006, busca la Nulidad de Actos y Contratos y el Mejor Derecho a Poseer sobre 16 hectáreas de tierra que por sucesión ejidal de don Salvador Ochoa, le pertenecían a su hija, Martha Ochoa Peña, en donde en casi 10 hectáreas se construyó la Unidad Deportiva.
Dicha demanda penal establece que podrían tipificarse varios delitos en agravio de doña Martha Ochoa Peña, ya que mediante un concierto previo entre los demandados, con fecha posterior a la data del juicio agrario que interpuso Martha Ochoa Peña, por la nulidad ya mencionada, tanto Rafael Cervantes Padilla, Carlos Alonso Ochoa Peña, Guillermo Ochoa Cuevas y Jaime Alonso Cuevas Tello, tuvieron conocimiento del acto reclamado ante el TUA por la señora Martha Ochoa, pero al parecer no informaron de ello por parte del Ejido a los compradores de la tierra y Jaime Cuevas tampoco lo informó a Cabildo, según consta en actas de Cabildo del Ayuntamiento, además de exponer que doña Martha Ochoa, no fue oída y vencida en juicio, por tal motivo se explica que de esa manera la despojaron de su derecho agrario y por ende del predio en mención.
Es el caso, que la mañana de este 16 de abril 2010, el diputado local, Rafael Cervantes Padilla, en rueda de prensa ofrecida para declararse inocente de los hechos, desvirtuó la identidad de la señora Martha Ochoa Peña, a quién el señala y trató de probar con una acta de nacimiento y de matrimonio que presentó, que en realidad, la señora Martha Ochoa Peña, se llama Martina Peña Sandoval y/o Martha Peña Sandoval, y no como la demandante dice llamarse.
Aseguró que él actúo de buena fe acatando la orden de la Asamblea del Ejido que es la máxima autoridad y que además jamás tuvo conocimiento durante el tiempo que el fue presidente del Ejido, que los hermanos Valencia y su madre hayan interpuesto un juicio agrario para reclamar su derecho agrario del mencionado predio ante el Tribunal Unitario Agrario.
Sin embargo, bajo el expediente agrario 140/2006, que él como representante del Ejido entabló contra Carlos Alonso Ochoa donde buscaba demostrar que las hectáreas que Ochoa estaba vendiendo no eran de él si no del Ejido, en una de sus partes, se lee, que la parte actora, o sea, el Ejido representado por Rafael Cervantes Padilla, solicita al juez la acumulación del expediente 599/2006, que es el que entablo la señora Martha Ochoa Peña, donde asegura que ella es hermana de Carlos Ochoa Peña, para sumarlo al juicio que previamente él habia entablado.
Es decir, con esta parte de su propio expediente agrario, se demuestra que el diputado, Rafael Cervantes si tenía conocimiento de que existía este juicio interpuesto por doña Martha Ochoa Peña, pero ante los medios de comunicación lo negó tajantemente.
Además dentro del juicio 599/2006, consta en autos que la identidad de la señora Martha Ochoa Peña fue validada por el juez, luego de la presentación de pruebas que presentó Carlos Alonso Ochoa Peña, también demandando en dicho juicio, como el acta de nacimiento y matrimonio de las señoras, Martina Peña Sandoval y/o Martha Peña Sandoval, para demostrar que quien decía llamarse Martha Ochoa Peña, en realidad era Martina o Martha Peña Sandoval, pero tales documentos registran que Martha nació en Tecuala, Nayarit y en la de matrimonio, con el nombre de Martina nació en Guadalajara, con lo cual se demostró que estas mujeres eran totalmente distintas entre sí y por ende nada tenían que ver con doña Martha Ochoa Peña.
Por tales incongruencias, dichas pruebas se diluyeron ante el juez, cuando la señora Martha Ochoa Peña, a través de sus apoderados legales, presentó las actas de nacimiento tanto de ella como de sus hijos donde con claridad se lee, que sus padres son, Salvador Ochoa y Lucila Peña, los cuales son abuelos de sus hijos, como lo registran las actas de nacimiento presentadas para tal fin, así como su credencial de elector y su CURP, comprobando con ello, que su identidad nada tiene que ver con las otras mujeres, es por ello, que el Magistrado determinó continuar con el proceso agrario que va en la etapa de peritaje de la extensión de tierra en litigio y la posterior sentencia definitiva del caso, según informaron sus hijos.
Cabe hacer mención, que el diputado Rafael Cervantes Padilla, ante los medios de comunicación, presentó también estas actas de nacimiento y de matrimonio para desvirtuar públicamente la identidad de doña Martha Ochoa Peña, sin embargo, le hicimos notar las incongruencias de dichas actas y no supo explicar lo que con sus propios documentos de “prueba” que ofreció a los reporteros le comprobamos, solo se limitó a decir, que no le correspondía a él determinar si dichas actas comprobaban o no la identidad de la señora Martha Ochoa Peña, si no a la autoridad competente, cuando momentos antes había asegurado que la demandante no se llamaba Martha Ochoa Peña.
Incluso dentro del propio expediente 599/2006, el Ejido representado por Rafael Cervantes, tampoco pudo dar respuesta fehaciente al Tribunal para comprobar, en el término de tres días como respuesta a un escrito presentando por él donde por dichos de otros ejidatarios, aseguraba que don Salvador Ochoa Barajas, no había tenido hijos, lo cual, si fue demostrado por la parte demandante, de que en efecto, la señora Martha Ochoa Peña, si era legalmente hija de don Salvador Ochoa y de doña, Lucila Peña Flores, debido a que aunque no fue su hija de sangre, fue registrada ante el Registro Civil de Tepic, como su hija, documento que consta en autos y que Rafael Cervantes y sus abogados no pudieron demostrar lo contrario dentro del juicio en tiempo y forma, como lo estipula la ley.

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