* El acto jurídico lo promovió un ejidtario que, sin su consentimiento, lo despojaron de aproximadamente 1270 metros cuadrados de su predio que valora casi en 200 mil pesos.
Por Paty Aguilar
Con fecha cinco de abril 2010, la Jueza Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el estado de Nayarit, licenciada, María Lucelia López Ramírez, derivado al juicio de amparo indirecto 262/2010, promovido por el ejidatario de Valle de Banderas, Inocencio Parra Contreras, resolvió la Suspensión Definitiva contra actos reclamados a la Dirección del Centro de la SCT del Estado de Nayarit.
Y es que con fecha 22 de marzo 2010, Inocencio Parra se percató que en su predio ubicado por el camino viejo a San Juan de Abajo, se encontraba personal y maquinaria pesada haciendo trabajos como quitar cercos de alambre de púas y nivelando parte de dicho predio con una distancia de aproximadamente 6 metros de fondo por 215 de frente, luego de preguntar de quienes se trataba, le informaron que pertenecían a la SCT Delegación de Nayarit y que estaban afectando dicho predio para la construcción y habilitación de la carretera rural antes mencionada y que si tenía dudas que se comunicara con el departamento jurídico de esta Secretaría en Nayarit.
Es por ello que con fecha 25 de marzo 2010 promueve el amparo donde señala la afectación sin su consentimiento del predio de su propiedad, el cual se le concede el día 29 de marzo con la suspensión provisional, sin embargo, en la primera audiencia que se celebró el director del Centro del Centro de la SCT de Nayarit, fue omiso en rendir su informe previo, aún cuando se le solicitó oportunamente.
Por tal motivo, con fundamento en el artículo 132, párrafo tercero de la Ley de Amparo se le tiene por presuntivamente ciertos los actos que Inocencio Parra Contreras reclama. Es por ello que la Jueza determinó conceder a Inocencia Parra, la Suspensión Definitiva, con la finalidad de que las cosas se mantengan en el estado en que actualmente se encuentran, esto es, para que la SCT se abstenga de ejecutar la orden de desocupación en contra del quejoso, del predio denominado Pototan.
Cabe señalar, que dicha resolución advierte que “en la inteligencia de que esta medida cautelar surte efectos siempre y cuando los actos reclamados no se encuentren consumados”
Destacar finalmente, que la construcción de esta carretera por parte de la SCT podría tener repercusiones legales en el ámbito agrario, ya que con el aval de la actual mesa directiva, la cual actualmente no son reconocidos por como tal por parte del Registro Agrario Nacional con sede en Nayarit, convencieron a aproximadamente 20 ejidatarios afectados para que donaran parte de su predio con el fin de que la SCT no les pagara, con el pretexto de que sus tierras serían beneficiadas con dicha carretera.
Sin embargo, al parecer de todos ellos, solo el ejidatario, Inocencio Parra Contreras, no estuvo de acuerdo, por lo que si la SCT quiere su tierra, deberá pagarle casi 200 mil pesos, so pena de llevar esta inconformidad hasta donde sea necesario, incluso entablar un juicio agrario contra las acciones de la mesa directiva actual que sin miramientos pasaron sobre sus derechos agrarios.