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Avala la SCJN modificaciones hechas al ISR

El voto de siete ministros se impuso sobre una minoría de tres, por lo que se mantienen vigentes las disposiciones que limitan a los contribuyentes.

CIUDAD DE MÉXICO, 26 de agosto.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las modificaciones hechas al Impuesto Sobre la Renta (ISR) aprobadas el año pasado y que establecieron límites a su sistema de deducciones.

El voto de siete ministros se impuso sobre una minoría de tres, por lo que se mantienen vigentes las disposiciones que limitan a los contribuyentes a deducir el ISR en seguros de retiro, gastos funerarios, colegiaturas, transporte escolar, entre otros servicios.

Dichas disposiciones se encuentran previstas en el artículo 151 de la nueva Ley del ISR, vigente desde enero de este año, la cual limita a 98 mil pesos las deducciones que pueden aplicar los contribuyentes por concepto de diferentes servicios.

El bloque mayoritario de ministros sostuvo que los cambios al ISR favorecen el principio de progresividad ya que hacen posible que quien gana más pague más.

La determinación de los ministros puso fin a las acciones de inconstitucionalidad interpuestas por legisladores federales contra la reforma fiscal de 2013.

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